Podrán pertenecer como Hermanos, todos los hombres, mujeres y niños que cumplan los requisitos indicados en el artículo anterior, siendo todos iguales en dignidad y gozando de los mismos derechos y obligaciones descritas en este Estatuto. En adelante, cada vez que aparezca la palabra Hermano, se ha de entender tanto en su significado masculino como femenino.
Los menores de edad podrán inscribirse como hermanos una vez bautizados, y desde su inscripción, participarán de las gracias y beneficios espirituales concedidos a la Hermandad, no adquiriendo su plenitud de derechos, hasta renovar su compromiso, que podrán realizar al cumplir los dieciocho años, exhortándoles que, al llegar a esta edad se preparen convenientemente para recibir el Sacramento de la Confirmación, si aún no lo hubieren recibido.
Para más información puede ponerse en contacto con la Secretaría de la Hermandad
La solicitud, debidamente cumplimentada, deberá remitirse por correo postal a:





